lunes, 5 de noviembre de 2018

CDeI se suma a la manifestación de apoyo a los derechos de nuestros mayores y dependientes


Desde Ciudadanos Demócratas e Independientes, queremos mostrar nuestros apoyo y animar a toda la Comarca de Los Pedroches a las manifestación que se celebrará en Sevilla el próximo 10 de noviembre.

Es necesario inscribirse (hasta el 6 de noviembre) si quieres asistir con los autobuses que se pondrán de forma gratuita. La salida se hará desde la Estación de Autobuses a las 7:00 horas.

Contacta con la Plataforma Ciudadana de Personas Mayores y Dependientes en los teléfonos: 
696 23 64 11 - 639 77 31 78 - 772 29 49 07

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LAS REIVINDICACIONES SON LAS SIGUIENTES:



INTERVENCIÓN DE URGENCIA PARA LAS PERSONAS MAYORES Y DEPENDIENTES DE LA COMARCA DE LOS PEDROCHES

1. FUNDAMENTACIÓN

A medida que se va conociendo y profundizando en la situación de muchos de nuestros mayores y dependientes, vamos comprendiendo con mayor nitidez la razón de ser de esta plataforma, con el convencimiento de que, querer es poder. La mejora de la calidad de vida de las personas mayores y dependientes de la Comarca de Los Pedroches, no es una quimera ni un objetivo inalcanzable. Si no se consigue se deberá a la falta de voluntad política, manteniendo de este modo, una injusticia social contra los más vulnerables e indefensos de nuestra sociedad, debido a la situación de dependencia y desvalimiento en la que se encuentran.

Desde esta plataforma hacemos también una llamada a todos los ciudadanos a apoyar los nobles objetivos que esta pretende, convencidos de que merece la pena y persuadidos de que es nuestro deber hacer cuanto esté a nuestro alcance.

2. SITUACIÓN ACTUAL DE LAS PERSONAS MAYORES Y DEPENDIENTES CON ESCASOS RECURSOS DE LA COMARCA DE LOS PEDROCHES, ACOGIDOS A LA LEY LEY 39/2006 DE 14 DE DICIEMBRE DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA.

2.1.En la Comarca del Valle de Los Pedroches, el tiempo transcurrido desde que las personas solicitan atención mediante la Ley 39/2006 de 14 de diciembre de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, hasta que se hace efectivo el derecho correspondiente, oscila entre 2-3 años, incumpliéndose así la citada ley, la cual establece un plazo de 6 meses, así como el acuerdo de 7 de marzo de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Medidas para la reducción del tiempo medio de respuesta asistencial en materia de dependencia en Andalucía.

2.2.La gran mayoría de las personas mayores con escasos recursos, cuyas pensiones medias ascienden a 656 € (siendo excepcionales las que superan 1.000 €), se ven obligados a pagar una plaza de carácter privado en un centro residencial, cuyo coste, dependiendo del tipo de centro, es entre 1.100-1.500 €. Esta situación conlleva que un alto porcentaje de personas mayores dependientes, con escasos recursos, se ven obligadas a pagar una plaza de carácter privado durante años (en muchos casos hasta más de tres), con la consiguiente ruina económica que conlleva debido a que no disponen de medios económicos para ello.

En numerosos casos, las deudas ascienden a más de 30.000 €, situaciones que se hacen insostenibles para unos mayores cuya trayectoria laboral ha estado centrada en el sector agroganadero, con sueldos módicos que no les han permitido ahorrar para afrontar la época de la vejez.

2.3.Especialmente difícil resulta la situación descrita para las mujeres mayores, las cuales se vieron obligadas a trabajar, muchas de ellas desde niñas o muy jóvenes en las labores del campo, como limpiadoras, cuidadoras de ancianos o en el servicio doméstico, bien sin ningún tipo de contrato o con sueldos tan bajos que les ha llevado a percibir pensiones mínimas y en numerosos casos, disponer de una pensión no contributiva e incluso no disfrutar de ningún tipo de pensión.

2.4.Dicha escasez de plazas concertadas, conlleva a que, en ocasiones, cuando uno de los miembros de la pareja que residen en un centro residencial, consigue plaza concertada, sea trasladado a otro centro en otro pueblo, viéndose obligado a separarse de su pareja, sufriendo el segundo desarraigo, después de haber tenido que abandonar su hogar, familia y entorno.

2.5.Existe excesiva demora en el cambio de recurso en el Plan de atención individual de atención (PIA): de Ayuda a Domicilio a Unidad de estancia diurna o a residencia.

2.6.Cuando una persona con prestación, por ejemplo Ayuda a Domicilio, cambia de lugar de residencia para ir a vivir con alguno de sus hijos a otra ciudad, por situaciones ajenas a su voluntad: viudedad, empeoramiento de su situación, etc., pierde dicha prestación durante largos meses (hasta 10-12) sin recibir mientras tanto ningún tipo de ayuda, ni noticia alguna respecto al tiempo que tardará en resolverse su situación. La respuesta que recibe por parte de la Delegación Provincial es que, existe una larga lista de espera de personas en su misma situación, por lo cual, tendrá que esperar no se sabe por cuánto tiempo más.

2.7.Ausencia de convalidación o compensación al cambiar de un recurso a otro. En el caso de estar percibiendo el Servicio de Ayuda a domicilio y, debido a circunstancias ingresar en un centro residencial, no se compensa el valor de un recurso con el otro, concediendo plaza concertada de inmediato ni priorizando la resolución de este PIA, teniendo que esperar la concesión de la plaza igual que otra persona que no tenía concedido ningún tipo de recurso.

Lo anteriormente expuesto, constituye una grave desatención a numerosas personas mayores y dependientes que no pueden valerse por sí mismos, careciendo de recursos económicos para contar con una asistencia digna, y con el suficiente apoyo familiar que pueda dispensarles la asistencia y cuidados necesarios, sufriendo en la mayoría de los casos una situación insostenible.

3. MEDIDAS DE URGENCIA QUE SE SOLICITAN A LA JUNTA DE ANDALUCÍA PARA LA COMARCA DE LOS PEDROCHES:

3.1.Que en el plazo máximo de un mes, todas aquellas personas acogidas a la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, con antigüedad superior a seis meses desde su solicitud, sean valoradas, reconocido el correspondiente grado de dependencia y les sea concedido el recurso al que tengan derecho.

3.2.Que a quienes tienen solicitada plaza concertada en el centro residencial y llevan costeándola más de seis meses, se le conceda en el plazo máximo de un mes.

3.3.Que todos y cada uno de los centros residenciales para personas mayores y dependientes de la Comarca de Los Pedroches, sean dotados con el 80% de plazas concertadas sobre el número total de
plazas de las que disponen, y el número de plazas de carácter privado solamente un 20%. Esto supondría, invertir la situación actual en las que predominan las plazas privadas. Situación que, aunque desigual entre los centros de la comarca (Existen grandes diferencias en la concesión de plazas concertadas entre los diferentes pueblos), ninguno de ellos dispone de un porcentaje de plazas concertadas suficiente para que los usuarios puedan acceder a un aplaza concertada de inmediato, viéndose obligados a pagar una plaza privada, durante años, cuyo importe no pueden costear debido a que la cuantía media de las pensiones que perciben no supera los 656 €, a pesar de que el coste de una plaza oscila entre 1100-1500 €. Esta situación, está conduciendo a la ruina económica a muchos residentes, así como a sus respectivas familias.

3.4.Que en el plazo de un mes, se hagan efectivas con carácter retroactivo la “Prestación Económica Vinculada al Servicio”, solicitada por quienes se ven obligados a costear plaza privada en centro residencial sin disponer de recursos para ello.

3.5.Que en el caso de concesión de plaza concertada a un miembro de la pareja que reside en un centro residencial, se le adjudique en el mismo centro donde ambos residan, quedando prohibido mediante normativa, la separación de la pareja.

3.6.Que la Junta de Andalucía, se comprometa a dotar un nuevo centro residencial para mayores dependientes en Pozoblanco, con el 80% de plazas concertadas, con el fin de que sea accesible para quienes no puedan costear una plaza de tipo privado.

3.7.Que quienes disfrutando de la prestación de Ayuda a Domicilio, se vean obligados a trasladarse a otra ciudad, dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se ponga a su disposición dicha prestación en el plazo máximo de un mes en su nuevo lugar de residencia.